CANAL DE DENUNCIAS

Nuestro servicio está diseñado específicamente para empresas comprometidas con la transparencia y la ética empresarial. Implantar un canal de denuncias es esencial en la gestión de cualquier organización, ya que proporciona a su plantilla un medio seguro para comunicar cualquier conducta inapropiada o contraria a las normas establecidas por la empresa o la normativa aplicable a la empresa.

Con nuestro servicio, buscamos brindarte la tranquilidad para que las personas que interactúan con tu empresa puedan expresar cualquier queja o preocupación de manera confidencial. Cumplimos rigurosamente con las normativas correspondientes, garantizando así un proceso de denuncia seguro y efectivo.

 

 

Canal denuncias de Conversia

PROTECCIÓN AL INFORMANTE

IMPLANTACIÓN OBLIGATORIA DE CANALES DE DENUNCIA Y PROTECCIÓN DEL DENUNCIANTE

La implantación de un canal de denuncias es un procedimiento fundamental para promover la transparencia y fomentar una cultura organizativa basada en la ética y la responsabilidad.

Este canal proporciona un mecanismo seguro y confidencial para personas trabajadoras, clientes y otras partes interesadas puedan informar de conductas inapropiadas, ilegales o contrarias a las políticas establecidas dentro de una organización.

NORMATIVA CANAL DE DENUNCIAS

LEY DE PROTECCIÓN DE INFORMANTES

Desde el 21 de febrero de 2023 ya está en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de Denunciantes e Informadores sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. La normativa entró en vigor el 13 de marzo de 2023.

¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA LEY 2/2023?

 

5

Proteger a las personas físicas informantes frente a represalias que puedan sufrir por informar sobre alguna de las acciones u omisiones a las que se refiere el artículo 2 de la Ley.

5

Configurar el Sistema Interno de Información como el eje que vertebra toda la protección del Informante.

5

Fortalecer y fomentar la cultura de la información.

IMPLANTACIÓN OBLIGATORIA

DESDE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023

SUJETOS OBLIGADOS

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A IMPLEMENTAR UN CANAL DE DENUNCIAS?

ÁMBITO PÚBLICO

5

Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes.

5

Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.).

5

Universidades públicas.

5
Corporaciones de Derecho Público.
5

Fundaciones del sector público.

5

Sociedades mercantiles participadas mayormente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente.

5

Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos.

ÁMBITO PRIVADO

5

Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más personas trabajadoras.

5

Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente.

5

Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos.

FUNCIONALIDADES DE LA PLATAFORMA

HERRAMIENTA ÁGIL Y SEGURA

Te ofrecemos una solución eficiente. Gracias a nuestra plataforma, cuentas con una herramienta capaz de registrar comunicaciones de manera segura, preservando la integridad de tu entidad. Con una interfaz intuitiva, simplificamos la recepción, gestión y notificación de quejas y denuncias, garantizando un proceso sin complicaciones. Nuestra herramienta facilita la instalación sin esfuerzo, con una configuración rápida que permite tener todo listo en el menor tiempo posible.

PRESTACIONES
5

Multidispositivo (Responsive).

5

Trazabilidad en todo el proceso.

5

Asesoría sobre tratamientos y procedimientos.

5

Mejores prácticas de Seguridad.

5

Adecuado al RGPD.

5

Notificaciones.

5

Número de denuncias ilimitado.

5

Encriptación en todas las comunicaciones.

5

Vista general de estadísticas.

¡NO TE LA JUEGUES! CONFÍA EN CONVERSIA

Las multas varían según la gravedad de la infracción, desde leves hasta 100.000€, graves entre 100.001€ y 600.000€, y muy graves entre 600.001€ y 1.000.000€, incluida la no disponibilidad del canal. De igual modo, las personas físicas también puede ser sancionadas, con infracciones leves desde 1.001€, hasta infracciones muy graves de hasta 300.000€, entre las cuales está la de obstaculizar las comunicaciones o impedir su seguimiento.

Además, pueden imponerse medidas accesorias como amonestación pública, prohibición de subvenciones por hasta 4 años, prohibición de contratar con el sector público por hasta 3 años, y publicación en el BOE.

NOTICIAS

¡ESTO TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR!

Te mantenemos informado de las novedades y noticias más relevantes sobre el Canal de Denuncias.

Consulta nuestros canales para acceder a múltiples contenidos que, sin duda, serán de tu interés.

Entra en vigor la obligación de implementar un canal de denuncias para empresas con más de 50 personas trabajadoras

A partir del 21 de febrero, ha entrado en vigor la nueva ley de protección para denunciantes/informantes (Ley 2/2023), estableciendo la obligatoriedad para empresas con más de 50 empleados y entidades del sector público de contar con un canal interno de denuncias,...

CANAL DE DENUNCIAS

Nuestro servicio está diseñado específicamente para empresas comprometidas con la transparencia y la ética empresarial. Implantar un canal de denuncias es esencial en la gestión de cualquier organización, ya que proporciona a su plantilla un medio seguro para comunicar cualquier conducta inapropiada o contraria a las normas establecidas por la empresa o la normativa aplicable a la empresa.

Con nuestro servicio, buscamos brindarte la tranquilidad para que las personas que interactúan con tu empresa puedan expresar cualquier preocupación de manera confidencial. Cumplimos rigurosamente con las normativas correspondientes, garantizando así un proceso de denuncia seguro y efectivo.

 

 

Canal denuncias de Conversia

PROTECCIÓN AL INFORMANTE

IMPLANTACIÓN OBLIGATORIA DE CANALES DE DENUNCIA Y PROTECCIÓN DEL DENUNCIANTE

La implantación de un canal de denuncias es un procedimiento fundamental para promover la transparencia y fomentar una cultura organizativa basada en la ética y la responsabilidad.

Este canal proporciona un mecanismo seguro y confidencial para personas trabajadoras, clientes y otras partes interesadas puedan informar de conductas inapropiadas, ilegales o contrarias a las políticas establecidas dentro de una organización.

NORMATIVA CANAL DE DENUNCIAS

LEY DE PROTECCIÓN DE INFORMANTES

Desde el 21 de febrero de 2023 ya está en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de Denunciantes e Informadores sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. La normativa entró en vigor el 13 de marzo de 2023.

¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA LEY 2/2023?

 

5

Proteger a las personas físicas informantes frente a represalias que puedan sufrir por informar sobre alguna de las acciones u omisiones a las que se refiere el artículo 2 de la Ley.

5

Configurar el Sistema Interno de Información como el eje que vertebra toda la protección del Informante.

5

Fortalecer y fomentar la cultura de la información.

IMPLANTACIÓN OBLIGATORIA

DESDE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023

SUJETOS OBLIGADOS

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A IMPLEMENTAR UN CANAL DE DENUNCIAS?

ÁMBITO PÚBLICO

5

Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes.

5

Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.).

5

Universidades públicas.

5
Corporaciones de Derecho Público.
5

Fundaciones del sector público.

5

Sociedades mercantiles participadas mayormente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente.

5

Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos.

ÁMBITO PRIVADO

5

Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más personas trabajadoras.

5

Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente.

5

Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos.

FUNCIONALIDADES DE LA PLATAFORMA

HERRAMIENTA ÁGIL Y SEGURA

Te ofrecemos una solución eficiente. Gracias a nuestra plataforma, cuentas con una herramienta capaz de reportar incidentes de manera segura, preservando la integridad de tu entidad. Con una interfaz intuitiva, simplificamos la recepción, gestión y notificación de denuncias, garantizando un proceso sin complicaciones. Nuestra herramienta facilita la instalación sin esfuerzo, con una configuración rápida que permite tener todo listo en el menor tiempo posible.

PRESTACIONES
5

Multidispositivo (Responsive).

5

Trazabilidad en todo el proceso.

5

Asesoría sobre tratamientos y procedimientos.

5

Mejores prácticas de Seguridad.

5

Adecuado al RGPD.

5

Notificaciones.

5

Número de denuncias ilimitado.

5

Encriptación en todas las comunicaciones.

5

Vista general de estadísticas.

¡NO TE LA JUEGUES! CONFÍA EN CONVERSIA

Las multas varían según la gravedad de la infracción, desde leves hasta 100.000€, graves entre 100.001€ y 600.000€, y muy graves entre 600.001€ y 1.000.000€, incluida la no disponibilidad del canal. De igual modo, las personas físicas también puede ser sancionadas, con infracciones leves desde 1.001€, hasta infracciones muy graves de hasta 300.000€, entre las cuales está la de obstaculizar las comunicaciones o impedir su seguimiento.

Además, pueden imponerse medidas accesorias como amonestación pública, prohibición de subvenciones por hasta 4 años, prohibición de contratar con el sector público por hasta 3 años, y publicación en el BOE.

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