GARANTIZA LA PROTECCIÓN DEL INFORMANTE

CANAL DE DENUNCIAS

SUJETOS OBLIGADOS

La normativa exige que determinadas entidades cuenten con un canal de denuncias para garantizar la detección y prevención de infracciones. Entre los obligados se encuentran las Administraciones Públicas, organismos y entidades del sector público, así como empresas y organizaciones privadas que cumplan ciertos criterios, como el número de trabajadores o su actividad en sectores regulados.

 

ÁMBITO PÚBLICO

  • Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes.

  • Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.).

  • Universidades públicas.

  • Corporaciones de Derecho Público.

  • Fundaciones del sector público.

  • Sociedades mercantiles participadas mayormente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente.

  • Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos.

 

ÁMBITO PRIVADO

  • Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más personas trabajadoras.

  • Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente.

  • Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos.

 

NO TE LA JUEGUES

CONFÍA EN CONVERSIA

Las multas varían según la gravedad de la infracción, desde leves hasta 100.000€, graves entre 100.001€ y 600.000€, y muy graves entre 600.001€ y 1.000.000€, incluida la no disponibilidad del canal. De igual modo, las personas físicas también puede ser sancionadas, con infracciones leves desde 1.001€, hasta infracciones muy graves de hasta 300.000€, entre las cuales está la de obstaculizar las comunicaciones o impedir su seguimiento.

Además, pueden imponerse medidas accesorias como amonestación pública, prohibición de subvenciones por hasta 4 años, prohibición de contratar con el sector público por hasta 3 años, y publicación en el BOE.

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Vista general de estadísticas.

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