GARANTIZA LA PROTECCIÓN DEL INFORMANTE
CANAL DE DENUNCIAS
SUJETOS OBLIGADOS
La normativa exige que determinadas entidades cuenten con un canal de denuncias para garantizar la detección y prevención de infracciones. Entre los obligados se encuentran las Administraciones Públicas, organismos y entidades del sector público, así como empresas y organizaciones privadas que cumplan ciertos criterios, como el número de trabajadores o su actividad en sectores regulados.
ÁMBITO PÚBLICO
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Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes.
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Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.).
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Universidades públicas.
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Corporaciones de Derecho Público.
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Fundaciones del sector público.
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Sociedades mercantiles participadas mayormente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente.
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Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos.
NO TE LA JUEGUES
CONFÍA EN CONVERSIA
Las multas varían según la gravedad de la infracción, desde leves hasta 100.000€, graves entre 100.001€ y 600.000€, y muy graves entre 600.001€ y 1.000.000€, incluida la no disponibilidad del canal. De igual modo, las personas físicas también puede ser sancionadas, con infracciones leves desde 1.001€, hasta infracciones muy graves de hasta 300.000€, entre las cuales está la de obstaculizar las comunicaciones o impedir su seguimiento.
Además, pueden imponerse medidas accesorias como amonestación pública, prohibición de subvenciones por hasta 4 años, prohibición de contratar con el sector público por hasta 3 años, y publicación en el BOE.
FUNCIONALIDADES DE LA PLATAFORMA
HERRAMIENTA ÁGIL Y SEGURA
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Adecuado al RGPD.
Notificaciones.
Número de denuncias ilimitado.
Encriptación en todas las comunicaciones.
Vista general de estadísticas.
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