A partir del 21 de febrero, ha entrado en vigor la nueva ley de protección para denunciantes/informantes (Ley 2/2023), estableciendo la obligatoriedad para empresas con más de 50 empleados y entidades del sector público de contar con un canal interno de denuncias, conforme a la directiva europea conocida como «whistleblower».

Esta normativa respalda a los informantes contra posibles represalias, garantizando la protección y confidencialidad absoluta durante el proceso. Su alcance abarca a todas las entidades jurídicas, tanto del sector público como privado. Para cumplir con esta disposición, se requerirá la implementación de un sistema de información seguro, legal e independiente que salvaguarde la confidencialidad del informante frente a represalias.

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A IMPLEMENTAR UN CANAL DE DENUNCIAS?

A través del canal interno de información, se podrán reportar prácticas irregulares que pudieran estar ocurriendo dentro de la organización, tales como acoso laboral, actividades corruptas o delictivas, violaciones a códigos éticos o de conducta, entre otros.

Las empresas con entre 50 y 249 empleados y los municipios con menos de 10,000 habitantes tienen hasta el 1 de diciembre para establecer su canal de denuncias. En cambio, el resto de entidades del sector privado y las Administraciones Públicas deben poner en marcha su canal en un plazo de 20 días hábiles desde su publicación en el BOE, es decir, antes del 21/03/2023.

Los sujetos obligados tendrán un periodo de adaptación de 3 meses desde la entrada en vigor, lo que implica su implementación a más tardar el 13/06/2023. Excepcionalmente, las entidades privadas con 50-249 trabajadores y entidades locales de menos de 10,000 habitantes podrán implementar medidas hasta el 1/12/2023.

¿QUÉ REQUISITOS DEBE TENER EL CANAL DE DENUNCIAS?

Los sistemas de información internos deben cumplir con las siguientes exigencias:

  • Ser de uso accesible.
  • Garantizar la confidencialidad.
  • Seguir prácticas adecuadas de monitoreo.
  • Investigar y proteger al informante.
  • Emitir un acuse de recibo por parte de la empresa u organización en un plazo de 7 días tras recibir la información.
  • Proporcionar retroalimentación sobre la resolución de la investigación realizada en los 3 meses posteriores a la presentación de la denuncia.

Además, cada compañía deberá designar a un responsable, independiente de otros órganos de la entidad, encargado de gestionar el canal de denuncias.

El incumplimiento de esta normativa puede acarrear sanciones económicas de hasta un millón de euros en los casos más graves, así como otras penalizaciones como amonestaciones públicas, la prohibición de obtener subvenciones o de contratar con la Administración Pública.