La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha actualizado la Guía sobre el uso de cookies con el objetivo de adaptarla al contenido de las Directrices sobre consentimiento, revisadas por el Comité Europeo de Protección de Datos el pasado mes de mayo. En este post de Conversia te explicamos los cambios más significativos.

Actualización basada en las Directrices del Comité Europeo de Protección de Datos

Seguramente te habrás dado cuenta que en muchos sitios web a los que accedes habitualmente, y en los que ya habías aceptado la política de cookies con anterioridad, ahora vuelven a solicitar tu consentimiento para poder navegar. Sin embargo, en esta ocasión, es mucho más fácil rechazar la instalación de cookies. Esto se debe a las Directrices 05/2020 sobre consentimiento efectuadas por el Comité Europeo de Protección de Datos el pasado mes de mayo. Se trata de una revisión que aclaró el posicionamiento del organismo en relación a dos cuestiones.

La primera hace referencia a la validez de utilizar la fórmula “seguir navegando” como opción lícita para que el usuario preste el consentimiento a la instalación de las cookies. En este sentido, el Comité considera que esta opción no es una forma válida de prestar la autorización, ya que esta acción puede ser fácilmente confundible con otras actividades o interacciones del usuario, por lo que puede no ser consciente que está prestando su consentimiento inequívoco.

La segunda está relacionada con la posibilidad de usar los “muros de cookies”, es decir, limitar el acceso a determinados servicios o contenidos a aquellos usuarios que no hayan aceptado el uso de cookies. Respecto a esta cuestión, el Comité ha especificado que, para que se pueda considerar que el consentimiento ha sido otorgado libremente, el acceso al sitio no puede estar condicionado a que el usuario acepte o rechace el uso de cookies.

Por este motivo, la Guía actualizada por la AEPD deja claro que no pueden utilizarse los “muros de cookies” si no ofrecen una alternativa al consentimiento. Sin embargo, también explica que en determinadas ocasiones podría impedirse el acceso al sitio web o a la utilización parcial del servicio en caso de no aceptarse el uso de cookies, pero sería necesario que se informara oportunamente al usuario y se le ofreciera una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies.

3 meses de periodo transitorio para actualizar la política de cookies

A finales de julio la AEPD publicó la nueva versión de la Guía sobre el uso de cookies, con las actualizaciones comentadas en este post de Conversia. Ahora, los sitios web disponen hasta el 31 de octubre para implementar estos nuevos criterios, de manera que se ha habilitado un periodo transitorio de tres meses.

La nueva versión de la Guía realizada por la Agencia ha contado con la participación de las asociaciones ADIGITAL, Asociación Española de Anunciantes, AUTOCONTROL e IAB Spain, tal y como ocurrió con las versiones anteriores.