Consecuencias del incumplimiento de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales
Los Sujetos Obligados a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo deben implantar numerosas medidas, desarrollar diferentes procedimientos internos para dar un correcto cumplimiento de esta normativa, así como realizar comunicaciones periódicas a la Autoridad de Control pertinente (SEPBLAC).
Más información: http://www.conversia.org/lpbc/obligaciones-de-la-ley-de-prevencion-de-blanqueo-de-capitales/